Culiacán, Sinaloa.- En ardua jornada de trabajo, diputados del Partido Sinaloense sesionó en el análisis y discusión de los dictámenes de la Comisión de Fiscalización, y a pesar de que el Grupo Parlamentario del PAS, reprobó la Cuenta Pública del Segundo Semestre del 2016 del Gobierno del Estado, se aprobaron por el pleno las cuentas públicas de los dos semestres de 2016 del Gobierno del Estado.
Previo a la votación, el presidente de la Comisión de Fiscalización, hizo uso de la tribuna para señalar que existe una gran responsabilidad al fiscalizar los recursos públicos utilizados por el Estado y los 18 municipios.
Las cuentas públicas aprobadas, la Auditoria Superior del Estado continuará con los procesos de auditoría correspondientes, y en caso de que existan elementos, se estarían interponiendo las denuncias correspondientes ante la Fiscalía General.
En esa sesión ordinaria, además se aprobaron las cuentas públicas de los 18 municipios correspondientes al segundo semestre de 2016, las de los organismos públicos descentralizados y de participación estatal y municipal del ejercicio fiscal 2016.
Posteriormente se dio lectura al dictamen sobre las reformas a la Ley de la Auditoría Superior del Estado de Sinaloa, el cual tiene el propósito de armonizarla y sistematizarla con el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, en materia de combate a la corrupción, en lo relativo a la fiscalización y rendición de cuentas públicas.
Entre otros aspectos, contempla establecer que la revisión y fiscalización de las cuentas públicas que presentan los entes auditados se realice de manera anual; incorporar como principios rectores del desempeño de la ASE los de posterioridad, anualidad, defintividad y contabilidad.
Asimismo, las disposiciones correspondientes a los procedimientos, métodos e informes de resultados, modificar las disposiciones que establecen los elementos que integran las cuentas públicas; establece la obligación de la ASE de entregar a la Comisión de Fiscalización informe trimestral sobre el estado que guardan las observaciones determinadas por este órgano fiscalizador; prever que el Auditor Superior, el Sub Auditor, los Auditores especiales y demás servidores públicos del órgano técnico fiscalizador del Estado no podrán presar servicios profesionales, o fungir como proveedor de bienes o de contratos de obra pública, por sí o por interpósita persona a cualquiera de los sujetos Fiscalizados o a la propia Auditoría Superior del Estado.